Hacienda adelanta a 2022 la entrada en vigor del impuesto a las grandes fortunas
El Ministerio de Hacienda ha adelantado a 2022 la entrada en vigor del impuesto de ‘solidaridad’ para las grandes fortunas, con el que el Gobierno espera recaudar 3.000 millones en dos años, según fuentes del Departamento que dirige María Jesús Montero. Hasta ahora, el Gobierno había asegurado que el impuesto entraría en vigor en 2023 y se extendería hasta el año 2024. Con este cambio, el nuevo tributo estará en vigor durante los años 2022 y 2023 para que la recaudación tenga efectos en 2023 y 2024, coincidiendo con la liquidación de dicho impuesto. Tras estos dos años, el Gobierno evaluará si lo mantiene o no.
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) advirtió ayer de que el impuesto tendría que entrar en vigor ya este mismo año, dado que el plan presupuestario remitido por el Gobierno a Bruselas hace unas semanas recoge que la recaudación de ese nuevo tributo tendrá ya efectos en 2023. Concretamente, la AIReF prevé una recaudación para el próximo año de 1.270 millones de euros y de 1.370 millones para 2024.
La intención de Hacienda es aprobar, por tanto, el nuevo impuesto a las grandes fortunas antes del 31 de diciembre de este año para que pueda entrar en vigor en 2022, y una de las opciones que baraja es introducirlo como enmienda a la proposición de ley que tramita en estos momentos el Congreso para gravar los ingresos extraordinarios a energéticas y entidades financieras.
El nuevo impuesto sobre grandes fortunas gravará la riqueza neta superior a los tres millones euros, con tres tramos: 1,7% a patrimonios entre 3 y 5 millones; 2,1% a patrimonios de entre 5 y 10 millones, y un 3,5% a partir de 10 millones. Con este nuevo impuesto, que permitirá deducir el 100% de lo pagado por el Impuesto de Patrimonio que gestionan las CCAA, el Gobierno espera recaudar 3.000 millones de euros en 2023 y 2024. No obstante, la AIReF estima que la recaudación será algo más baja, unos 1.270 millones en 2023 y 1.370 millones en 2024.